TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 15 ------------------------------- ARTICULO 1º.- Créase en la Localidad de Los Pinos y su zona de influencia una Dele- ------------------ gación Municipal dependiente del Departamento Ejecutivo y coordina- da con el mismo a través de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, para la atención de las funciones, requerimientos, necesidades y servicios de la Población cuyas especificaciones se fijan en el artículo 3º.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2º.- A los efectos de la fijación de los límites de jurisdicción de la Delega- ------------------ ción Municipal en San Agustín y la Delegación Municipal en Los Pinos que se crea por la presente Ordenanza, se establecen los siguientes:---------------------- a - DELEGACION EN SAN AGUSTIN: Localidad de San Agustín con su población localizada en el ejido urbano, todo el territorio del Cuartel X y la parte del Cuartel IX anexa al Pueblo de San Agustín comprendida al NE por la calle vecinal que limita el establecimiento La Malacara, entre la Ruta Provincial Nº 55 y el Cuartel X; al NO por la Ruta Provincial Nº 55; al SO por el límite con el Partido de Lobería y al SE por el límite con el Cuartel X.- b - DELEGACION EN LOS PINOS: Localidad de Los Pinos con su población locali- zada en el ejido urbano, el territorio del Cuartel IX con excepción de la parte asigna- da del mismo a la Delegación de San Agustín.- ARTICULO 3º.- La Delegación que se crea por el artículo 1º tendrá las siguientes fun- ------------------ ciones y atribuciones:-------------------------------------------------- a - Vigilar el cumplimiento estricto de todas las normas municipales en vigencia, confec- cionando actas de comprobación en el caso de infracciones, las que deberán elevarse al Departamento Ejecutivo para la aplicación de las sanciones.- b - Dar trámite a las peticiones, solicitudes y cumplimiento a las resoluciones del Departa- mento Ejecutivo, elevando a este los expedientes o sumarios para su resolución defini- tiva.- c - Cumplimentar los requerimientos del Departamento Ejecutivo en lo que hace a infor- maciones periódicas en materia de cumplimiento de inspecciones realizadas, control obras en realización, ejecución de servicios y sugerir al Departamento Ejecutivo todas las necesidades en todos los órdenes que se produzcan.- d - Percibir las tasas, contribuciones o derechos por servicios que se presten y fijados por Ordenanzas vigentes, siempre que los contribuyentes no resuelvan abonar los mismos en la Dirección de Rentas de la Municipalidad, debiendo la Delegación rendir cuentas del dinero percibido en forma periódica y al menos una vez a la semana. El Delegado deberá otorgar la fianza establecida por el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Mu- nicipalidades y de acuerdo a las normas del Reglamento de Contabillidad, debiendo el Departamento Ejecutivo poner en conocimiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia esta circunstancia.- e - El Delegado será personalmente responsable de la custodia y estado del inmueble de la Delegación y de los bienes que ella posea en su edificio.- f - El Delegado representará al Departamento Ejecutivo en los distintos actos, equipos de trabajo, comisiones y en todas aquellas tareas del Departamento Ejecutivo que la Ley Orgánica de las Municipalidades autorice al mismo a delegarlas.- g - El Delegado deberá procurar la amplia colaboración de los vecinos e Insituciones de Los Pinos para su mejor desmpeño y para la realización de obras, mejoras y servicios que se presten a través suyo.Deberá elevar al Departamento Ejecutivo en forma anual un plan de trabajo, esquema de necesidades, plan de obras, presupuesto de gastos e inversiones. Una vez aprobados por el Organismo pertinente, coadyuvar  con el De- partamento Ejecutivo en la ejecución y control de los mismos.- h - El Delegado deberá dar amplia publicidad a las disposiciones municipales y a las in- formaciones generales, particulares y propias para lo cual utilizará los medios de difu- sión masivos y los habituales en la Localidad.- i - El Delegado deberá cumplir todas las funciones no enumeradas en este artículo pero que expresen necesidades o requerimientos de la población.- ARTICULO 4º.- El funcionamiento de la Delegación, horarios de atención al público y ------------------ demás detalles, así como sede de la Delegación en locales Comunales será establecido por el Departamento Ejecutivo en la Reglamentación de la presente Ordenanza. El Departamento Ejecutivo remitirá, en el Presupuesto de Gastos e Inversio- nes para 1974 y los subsiguientes, en rubro especial dentro de la Finalidad Administra- ción General, los gastos e inversiones que se realicen a través de la Delegación de Los Pinos.----------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 5º.- Hasta la creación presupuestaria de la vacante para Delegado Munici- ------------------ pal de Los Pinos, el Departamento Ejecutivo podrá designar en ca- rácter "ad-honorem" a cualquier vecino que resida en esa Localidad y que cumpla con las disposiciones de la Ordenanza General Nº 41.------------------------------------- ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-------------- ------------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a tres días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Luis C. Buonassisi - Pre- sidente; María Elena Paganini - SECRETARIA.---------------------------------------